La formación continua, obligatoria para todos los conductores incluidos en el ámbito de aplicación de este real decreto, deberá permitirles actualizar los conocimientos esenciales para el ejercicio de su función, haciendo especial hincapié en la seguridad en carretera y la racionalización del consumo de carburante.
Estos cursos otorgarán al conductor una tarjeta con la cual podrán demostrar que tienen su certificado de aptitud profesional al día, y por lo tanto, cumplir con su correcto uso.
Tendrás que realizar este tipo de curso si cumples alguno de estos requisitos:
- Los conductores deberán superar un curso de una duración de 35 horas cada 5 años.
- Tener el carnet de camión (C1 o C) anterior a la fecha 11 de septiembre de 2009.
- Tener el carnet de autobús (D1 o D) posterior a la fecha 11 de septiembre de 2008.
